Desde las remuneraciones de agosto de 2026, la cotización de cargo del empleador pasó de 1% a 3,5%. Leído así, parece que contratar a una persona se encareció 2,5 puntos de golpe.
No es lo que pasó. El 3,5% ahora incluye el Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS), que el empleador ya pagaba por separado a la AFP. Si comparas con lo que realmente pagabas en julio, el alza fue de medio punto porcentual: unos $4.500 al mes por un trabajador con sueldo imponible de $900.000.
La mala noticia está en otra parte: desde ahora, cada agosto hasta 2033 la cotización sigue subiendo, y esos aumentos sí son completos.
¿Qué incluye exactamente el 3,5%?
La Ley 21.735 de reforma de pensiones creó una cotización de cargo del empleador que parte en 1% y sube gradualmente hasta 8,5%. Según el Ministerio de Hacienda, la cotización que el empleador ya pagaba para el SIS se integra a este nuevo Seguro Social.
Esa integración ocurrió con las remuneraciones de agosto de 2026. La nota técnica de la Subsecretaría de Previsión Social lo dice expresamente: desde el 1 de agosto de 2026, "el 3,5% de cotización del empleador incluirá el SIS". El Fondo Autónomo de Protección Previsional confirma que el SIS dejó de pagarse a la AFP y pasó a ser recaudado por el IPS dentro del Seguro Social Previsional.
Según los indicadores previsionales de Previred de agosto de 2026, el 3,5% se reparte así:
Componente | Tasa | Destino |
|---|---|---|
Cuenta individual | 0,1% | AFP del trabajador |
Rentabilidad Protegida | 0,9% | Fondo Autónomo de Protección Previsional |
Seguro de Invalidez y Sobrevivencia (SIS) | 2,0% | Seguro Social Previsional |
Compensación por expectativa de vida | 0,5% | Seguro Social Previsional |
Total de cargo del empleador | 3,5% | Seguro Social Previsional |
Los cuatro componentes se calculan sobre la remuneración imponible, con el tope de 90 UF que rige para las cotizaciones de pensiones (unos $3.678.639 en agosto de 2026, según Previred). Y es un costo exclusivo del empleador: no se descuenta del sueldo del trabajador.
¿Cuánto subió de verdad en agosto?
Depende de contra qué mes compares, porque la tasa del SIS cambió varias veces en 2026. Según la Superintendencia de Pensiones, fue de 1,62% desde las remuneraciones de abril; los indicadores de Previred de julio de 2026 informan una nueva tasa de 2,00% para las remuneraciones de julio.
Período de remuneraciones | Lo que pagaba el empleador | Total |
|---|---|---|
Abril a junio de 2026 | 1% + SIS 1,62% | 2,62% |
Julio de 2026 | 1% + SIS 2,00% | 3,00% |
Desde agosto de 2026 | 3,5% con SIS incluido | 3,50% |
En términos prácticos:
- Frente a julio, el alza fue de 0,5 puntos.
- Frente a abril – junio, fue de 0,88 puntos.
Ninguno se acerca a los 2,5 puntos que sugiere el titular "de 1% a 3,5%".
Ejemplos por sueldo
Con las tasas de julio y agosto de 2026, el costo previsional mensual de cargo del empleador queda así:
Sueldo imponible mensual | Julio 2026 (3,0%) | Agosto 2026 (3,5%) | Diferencia mensual | Diferencia anual |
|---|---|---|---|---|
$553.553 (ingreso mínimo) | $27.000 | $19.374 | $2.768 | $33.216 |
$900.000 | $27.000 | $31.500 | $4.500 | $54.000 |
$1.500.000 | $45.000 | $52.500 | $7.500 | $90.000 |
$3.678.639 o más (tope 90 UF) | $110.359 | $128.752 | $18.393 | $220.716 |
El ingreso mínimo usado es el fijado por la Ley 21.830 desde el 1 de mayo de 2026: $553.553 para trabajadores de 18 a 65 años.
Un ejemplo concreto: un salón con cinco estilistas contratados con $900.000 imponibles cada uno paga $22.500 más al mes que en julio. Son $270.000 al año. Es un aumento real, pero no uno que cambie por sí solo la viabilidad del negocio.
¿A quién se aplica?
El adjetivo "transversal" es correcto en un sentido: la cotización no distingue tamaño de empresa ni rubro. La Superintendencia de Pensiones precisa que también es obligatoria para quienes emplean trabajadoras y trabajadores de casa particular. En la nota técnica oficial no aparecen exenciones para micro o pequeñas empresas.
Hay algunos casos con reglas propias:
- Licencias médicas: según el material para empleadores de Previred, la Rentabilidad Protegida no se calcula sobre los días de licencia médica o accidente del trabajo. Si la licencia cubre el mes completo, no se cotizan ni la cuenta individual ni la Rentabilidad Protegida.
- Trabajadores pensionados: los indicadores de Previred señalan que el SIS no aplica al trabajador pensionado, y que las tasas del Seguro Social aplican a trabajadores activos y a pensionados por invalidez parcial. Si tienes personas ya pensionadas en tu equipo, revisa su caso en Previred o con tu contador.
- Honorarios: la cotización es para trabajadores dependientes. Quien emite boleta de honorarios no genera esta cotización para quien paga la boleta.
Lo que viene: el alza que sí pesa
Que agosto haya sido un alza menor tiene una razón: este año se hizo el cambio contable de absorber el SIS. Desde ahora, el SIS ya está dentro. Cada nuevo escalón es costo adicional completo.
Según el calendario publicado por Hacienda, la cotización queda así:
Desde las remuneraciones de | Cotización del empleador | Costo mensual por sueldo de $900.000 | Alza frente al período anterior |
|---|---|---|---|
Agosto 2026 | 3,5% | $31.500 | - |
Agosto 2027 | 4,25% | $38.250 | +$6.750 |
Agosto 2028 | 5,0% | $45.000 | +$6.750 |
Agosto 2029 | 5,7% | $51.300 | +$6.300 |
Agosto 2030 | 6,4% | $57.600 | +$6.300 |
Agosto 2031 | 7,1% | $63.900 | +$6.300 |
Agosto 2032 | 7,8% | $70.200 | +$6.300 |
Agosto 2033 | 8,5% | $76.500 | +$6.300 |
Los montos en pesos son ilustrativos: se calculan sobre un sueldo fijo de $900.000, sin reajustes.
Dicho de otra forma: el alza del próximo agosto (+0,75 puntos) será mayor que la de este año (+0,5 puntos frente a julio). Y entre hoy y 2033 el costo previsional de ese trabajador sube $45.000 al mes. Para el salón de cinco estilistas, son $2.700.000 al año adicionales al llegar al 8,5%.
La Subsecretaría de Previsión Social aclara que el plazo de nueve años puede extenderse a once (hasta 2035) si se cumplen las condiciones que establece la ley. Si ocurre, los escalones serían más suaves, pero el destino final es el mismo.
Qué más compone el costo de contratar
La cotización del 3,5% es solo una parte del costo de cargo del empleador. Para presupuestar un contrato conviene sumar también:
- Seguro de cesantía: 2,4% de la remuneración imponible en contratos indefinidos y 3,0% en contratos a plazo fijo, con un tope de 135,2 UF (Previred, agosto 2026).
- Seguro de accidentes del trabajo (Ley 16.744): una cotización básica más una adicional que, según la Superintendencia de Seguridad Social, varía entre 0% y 3,4% según la siniestralidad o el riesgo de la actividad. La tasa exacta la informa tu mutualidad o el ISL.
- Seguro SANNA: 0,03% de la remuneración imponible, según el compendio de la Superintendencia de Seguridad Social.
Para el trabajador de $900.000 con contrato indefinido, solo pensiones y cesantía suman $53.100 al mes de cargo del empleador desde agosto. El alza de este año representa menos de medio punto porcentual del costo mensual de ese contrato.
Qué conviene hacer ahora
- Revisa tu última planilla. Comprueba que la liquidación de agosto no calcule el SIS dos veces. Si pagas mediante un software de remuneraciones, confirma que ya esté actualizado.
- Presupuesta por escalones, no por años calendario. Cada alza entra con las remuneraciones de agosto y se paga en septiembre (hasta el día 10, o el 13 si pagas electrónicamente, según la Superintendencia de Pensiones). Si cierras presupuesto en enero, incluye cinco meses con la tasa nueva.
- Recalcula el costo por hora de cada profesional. Si cobras por servicio, divide el costo mensual total de cada contrato por las horas que realmente se atienden. Ese número muestra cuánto te cuesta cada hora sin clientes.
- Revisa precios con anticipación. Una alza de 0,75 puntos al año es absorbible para muchos negocios, pero cinco puntos acumulados en siete años normalmente no. Ajustar de a poco suele ser más fácil de explicar a los clientes que un salto grande.
El punto 3 es donde la operación se cruza con el costo laboral. Cuando un profesional contratado tiene horas vacías por inasistencias a citas o reservas mal coordinadas, esas horas se pagan igual, y cada agosto cuestan un poco más. Una agenda de reservas online con recordatorios, como Zagenda, puede ayudar a llenar mejor esas horas. No cambia lo que debes cotizar, pero sí cuánto rinde cada hora contratada.
Conclusión
El salto de 1% a 3,5% se ve mucho más grande de lo que fue. Desde agosto de 2026, el 3,5% absorbe el seguro de invalidez que ya pagabas, así que el alza real fue de 0,5 puntos frente a julio: unos $4.500 al mes por un sueldo de $900.000.
Lo que sí conviene tomar en serio es el calendario. Cada agosto hasta 2033 la cotización sube entre 0,7 y 0,75 puntos, y esas alzas son completas. Revisa tu planilla actual, calcula el costo por hora de tu equipo y planifica los próximos ajustes de precios con tiempo.
Referencias
Fondo Autónomo de Protección Previsional. 2026. Reforma Previsional: Conoce los cambios en el pago de cotizaciones desde las remuneraciones de agosto 2026. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en http://www.fapp.cl/noticias/reforma-previsional-conoce-los-cambios-en-el-pago-de-cotizaciones-desde-las-remuneraciones
Ministerio de Hacienda. 2025. Implementación de la reforma previsional: Nueva cotización del empleador regirá a partir de la remuneración de agosto de 2025. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en https://www.hacienda.cl/noticias-y-eventos/noticias/implementacion-de-la-reforma-previsional-nueva-cotizacion-del-empleador-regira
Ministerio del Trabajo y Previsión Social. 2026. Ley N° 21.830, reajusta el monto del ingreso mínimo mensual. Diario Oficial de la República de Chile, 22 de junio de 2026. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en https://www.diariooficial.interior.gob.cl/publicaciones/2026/06/22/44481-B/01/2829298.pdf
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Previred. 2026. Indicadores Previsionales Previred Julio 2026. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en https://www.previred.com/wp-content/uploads/2026/07/Indicadores-Previsionales-Previred-Julio-2026.pdf
Previred. 2026. Webinar Reforma Etapa 2: Empresa. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en https://www.previred.com/wp-content/uploads/2026/07/Webinar_REFORMA-ETAPA-2_-Empresa.pdf
Subsecretaría de Previsión Social. 2025. Nota Técnica Reforma de Pensiones Ley N°21.735. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en https://previsionsocial.gob.cl/wp-content/uploads/2025/08/Nota-Tecnica-Reforma-de-Pensiones-Ley-N°21.735.pdf
Superintendencia de Pensiones. s. f. Cotización de cargo del empleador. Consultado el 30 de septiembre de 2026 en https://www.spensiones.cl/portal/institucional/594/w3-propertyvalue-10906.html
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